Buscar:
 Normativa >> Reglamento 08 >> Fecha 18/02/2010 >> Articulo 33
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 33     >>
Normativa - Reglamento 08 - Articulo 33
Ir al final de los resultados
Artículo 33
Versión del artículo: 1  de 1

            Artículo 33.—Eliminación parcial: Cuando no existan Tablas de Plazos de Conservación de Documentos para una determinada oficina del Registro Nacional, cada jefatura en coordinación con el Comité Institucional de Selección y Eliminación solicitará y promoverán las consultas parciales si se desea eliminar uno o varios tipos documentales que han perdido su valor administrativo y legal.


 

Ir al inicio de los resultados