Artículo
33.—Eliminación parcial: Cuando no existan Tablas de Plazos de
Conservación de Documentos para una determinada oficina del Registro Nacional,
cada jefatura en coordinación con el Comité Institucional de Selección y
Eliminación solicitará y promoverán las consultas parciales si se desea
eliminar uno o varios tipos documentales que han perdido su valor
administrativo y legal.
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