Artículo
37.—Acceso a documentos: El acceso para la consulta de los documentos
impresos y digitales de la institución estará bajo la responsabilidad y
custodia del Archivo Central, independientemente del soporte en que se
encuentren elaborados (papel, microfilm, electrónico, digitalizado, fílmico,
fotográfico, disco compacto, disco óptico u otro).
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