Artículo 4º—El valor de
los umbrales en moneda nacional, se indica a continuación, tomando como tipo de
cambio promedio, la suma de quinientos cuarenta y un colones con cero cincuenta
y ocho céntimos (¢541.058) por dólar estadounidense:
Sección A. Entidades de Gobierno Central:
Para contrataciones de mercancías y servicios: ¢37.916.803.6
Para contrataciones de servicios de construcción:
¢4.222.416.632
Sección B: Entidades gubernamentales a nivel subcentral.
Para contrataciones de mercancías y servicios: ¢299.746.132
Para contrataciones de servicios de construcción:
¢4.222.416.632
Sección C. Otras entidades cubiertas
Listas A y B:
Para contrataciones de servicios de construcción:
¢4.222.416.632
Lista B:
Para contrataciones de mercancías y servicios:
¢337.620.192
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