Artículo 22.—El
origen de los recursos para la contratación de personal a la que hacen
referencia los artículos anteriores, no da lugar a establecer una
responsabilidad patronal ni con FODESAF, ni la DESAF, en el tanto ninguna de
las dos contrata al personal; no dirige la labor de éste y no realiza
remuneración alguna, por lo tanto no podrá existir una relación de
subordinación.
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