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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35873 >> Fecha 08/02/2010 >> Articulo 27
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35873 - Articulo 27
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Artículo 27
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Artículo 27.—Las Unidades Ejecutoras que administran programas, proyectos y servicios, financiados con recursos del FODESAF, deberán planificar y documentar los procesos de identificación y selección de beneficiarios, someterlos al criterio técnico de la DESAF y atender las recomendaciones que la DESAF les formule, si es del caso.


 

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