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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35873 >> Fecha 08/02/2010 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35873 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2º—La materia regulada por la Ley que se reglamenta, es de auténtico interés público y forma parte de la legislación social conforme al artículo 28 de la Ley Nº 8783, Ley Reforma de la Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, Nº 5662. Además, está inspirada en la obligación de amparar además de los costarricenses, a los grupos de población residentes legales en el territorio nacional, así como a las personas menores de edad, quiénes a pesar de carecer de una condición migratoria regular en el territorio nacional, se encuentren en situación de pobreza o pobreza extrema.


 

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