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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35873 >> Fecha 08/02/2010 >> Articulo 32
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35873 - Articulo 32
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Artículo 32
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CAPÍTULO VI

Del control de los recursos del FODESAF

 

Artículo 32.—Será responsabilidad de la DESAF, planificar los recursos presupuestarios del FODESAF, mediante la elaboración de un Presupuesto Anual de Inversión y presentar éste, en forma oportuna, para su análisis y aprobación, a la Contraloría General de la República y la Autoridad Presupuestaria, conforme se establece en los artículos 10 y 12 del presente reglamento.


 

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