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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35873 >> Fecha 08/02/2010 >> Articulo 59
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35873 - Articulo 59
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Artículo 59
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Artículo 59.—Para el cabal cumplimiento de las responsabilidades y atribuciones delegadas por la Ley Nº 5662 y su reforma, Ley Nº 8783, el Ministro como superior jerarca del FODESAF, conforma la siguiente organización, según los Departamentos, responsabilidades delimitadas y especializadas, a las que les corresponde dirigir y coordinar procesos; para lo cual establece los siguientes Departamentos:

a)         Departamento de Presupuesto.

b)         Departamento de Evaluación, Control y Seguimiento.

c)         Departamento de Gestión.

d)         Departamento de Gestión de Cobro

e)         Departamento de Asesoría Legal.

En materia funcional y administrativa quienes ejerzan la Dirección de cada Departamento, se reportarán al Director General y en su ausencia o a solicitud de éste, al Subdirector General.


 

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