Artículo 67.—El
Departamento de Gestión, permitirá llevar el control de los recursos DESAF
adquiridos por medio del FODESAF, así como brindar el apoyo técnico
especializado para que la DESAF coordine con el MTSS todos los aspectos de
contratación, informática, estadística, administración, control, registro y
publicidad de la DESAF, conforme a los artículos 2 y 17 de la Ley Nº 5662 y su
reforma, Ley Nº 8783. Además se ocupará de los aspectos presupuestarios,
contable, elaboración y trámite de los documentos ante otras dependencias del
MTSS (Dirección Administrativa, Financiera y Proveeduría Institucional) que
permitan la adquisición de bienes y servicios y su control.
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