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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35873 >> Fecha 08/02/2010 >> Articulo 7
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35873 - Articulo 7
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Artículo 7
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Artículo 7º—Con recursos del FODESAF, se financiarán complementariamente programas y servicios a las Instituciones del Estado y otras, según las asignaciones establecidas en la Ley Nº 5662 y su reforma, Ley Nº 8783 y en los convenios que para ese efecto se suscribirán entre el MTSS y ciertas instituciones estatales que se financien por esa vía, así como otras organizaciones expresamente autorizadas.


 

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