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 Normativa >> Reglamento municipal 203 >> Fecha 16/03/2010 >> Articulo 2
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Normativa - Reglamento municipal 203 - Articulo 2
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Artículo 2
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            Artículo 2º—Se autoriza al Alcalde Municipal para realizar compras o adquisición de bienes y servicios, así como para suscribir gastos fijos, convenios, en los cuales la Municipalidad de Turrialba actúe como parte; hasta por la suma que acuerde la Contraloría General de la República, mediante su publicación anual, para las compras directas de escasa cuantía de bienes y servicios, de conformidad con los limites Generales de Contratación Administrativa, así como también los Límites Específicos de Contratación Administrativa para Obra Pública.


 

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