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 Normativa >> Reglamento municipal 203 >> Fecha 16/03/2010 >> Articulo 3
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Normativa - Reglamento municipal 203 - Articulo 3
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Artículo 3
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            Artículo 3º—Semestralmente rendirá el Alcalde Municipal un informe al Concejo Municipal, el cual contendrá los egresos que hubiese autorizado. Lo anterior de conformidad con el artículo 17, inciso F) del Código Municipal.


 

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