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 Normativa >> Reglamento 842 - A >> Fecha 26/03/2010 >> Articulo 60
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Normativa - Reglamento 842 - A - Articulo 60
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Artículo 60
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CAPÍTULO VIII

 

Disposiciones finales

 

Artículo 60.—Derogatorias.

Se derogan el inciso c) del artículo 2, los artículos 7, 40, 97 y 101 y el Capítulo VIII del “Reglamento sobre la apertura y funcionamiento de las entidades autorizadas y el funcionamiento de los fondos de pensiones, capitalización laboral y ahorro voluntario, previsto en la Ley de Protección al Trabajador”.


 

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