CAPÍTULO II
Procedimiento
Artículo 6º—Conformación de expediente
administrativo. En todos los casos se deberá conformar un expediente
administrativo, el cual contendrá todos los documentos, copias y originales
según sea el caso, que se generen desde el momento mismo en que se envía o
recibe el documento de propuesta que inicia el procedimiento hasta su
ejecución.
El expediente administrativo
deberá estar debidamente encuadernado, con tapas removibles que permitan con
facilidad, agregar los documentos conforme arriben al expediente. Todos sus
folios deberán estar numerados de manera consecutiva. La carátula estará
debidamente identificada con el número de consecutivo que se asigne y deberá
contener el nombre de las partes y el objeto del convenio.
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