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 Normativa >> Reglamento municipal 203 - 1 >> Fecha 16/03/2010 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento municipal 203 - 1 - Articulo 1
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Artículo 1
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MUNICIPALIDAD DE PÉREZ ZELEDÓN

VIGENCIA REGLAMENTO AUTÓNOMO PARA

EL TRATAMIENTO INTEGRAL DE DESECHOS

SÓLIDOS EN EL CANTÓN

DE PÉREZ ZELEDÓN

            El Concejo Municipal de Pérez Zeledón, en la sesión ordinaria 203-10, artículo 5), inciso 5), celebrada el día 16 de marzo del 2010, acordó publicar lo siguiente:

            “Conforme al artículo 69 del Reglamento Autónomo para el Tratamiento Integral de Desechos Sólidos en el Cantón de Pérez Zeledón (RATIDES) publicado íntegramente en el Diario Oficial La Gaceta N° 164 del pasado 24 de agosto de 2009, este Concejo acuerda decretar la entrada en vigencia de este instrumento normativo a partir de la publicación oficial de este aviso. Lo anterior, en vista de que transcurridos los 10 días hábiles otorgados a la ciudadanía para formular oposiciones a esta norma, no se dio ninguna de éstas”.

(Nota de Sinalevi: Tal como se indica en el párrafo anterior, el texto corresponde al publicado en La Gaceta Nº 164 del 24 de agosto de 2009)

 

La Municipalidad de Pérez Zeledón comunica que mediante acuerdo tomado por el Concejo Municipal, en sesión extraordinaria Nº E-063-09, del 26 de marzo del 2009 y mediante acuerdo en sesión ordinaria Nº 170-09, artículo 6, inciso 14), del 28 de julio del 2009, se aprobó el siguiente Reglamento:

 

REGLAMENTO AUTÓNOMO PARA EL TRATAMIENTO INTEGRAL

DE DESECHOS SÓLIDOS EN EL CANTÓN

DE PÉREZ ZELEDÓN

Considerando:

I.—Que los artículos 169 y 170 de la Constitución Política de la República de Costa Rica establecen la potestad municipal de normalizar los procesos y de dotar a los gobiernos locales de los correspondientes reglamentos que faculten y procedan a la simplificación y ordenación de los procedimientos institucionales.

II.—Que uno de los problemas ambientales más importante a nivel mundial tanto en las zonas urbanas como rurales, es la generación de grandes cantidades de desechos sólidos y su inadecuada disposición final, lo que causa contaminación ambiental en los espacios utilizados por las personas munícipes, en las vías públicas, lotes baldíos y ríos que rápidamente se traducen en problemas de salud pública y reducción de la productividad. Por esta razón, se presenta como un reto para la Municipalidad de Pérez Zeledón lograr una disminución significativa de la cantidad de desechos sólidos generados así como el aprovechamiento sostenible de éstos y la disposición final adecuada de los que no se puedan aprovechar por medio de la tecnología vigente.

III.—Que se ha comprendido que una forma de disminuir el impacto de la generación de desechos sólidos provoca es la instauración de un Programa de Tratamiento Integral de los Desechos Sólidos, que logre:

§  Disminuir la cantidad generada de desechos a través de Programas de Educación a la ciudadanía y de Campañas de Divulgación así como de Información y Formación dirigidas a las personas munícipes.

§  Que se logre una adecuada disposición de los desechos que irremediablemente se producen a través del tratamiento integral en un relleno Sanitario que satisfaga las normas sanitarias y tecnológicas más avanzadas.

§  Y a su vez se promueva la reutilización de los desechos que puedan ser aprovechables a través de Programa de Compostaje y de Reciclaje que permitan obtener dividendos de los recursos que actualmente se botan como basura.

IV.—Que estos planes tienen como finalidad lograr un crecimiento sostenible en el ambiente urbano y rural, que integre en forma equilibrada el desarrollo socioeconómico y un adecuado manejo ambiental en zonas urbanas, lo que conlleva a una mayor calidad de vida de las personas habitantes y un entorno más agradable para vivir. Por lo tanto, para alcanzar un manejo más responsable de los desechos sólidos, se hace necesario replantear las políticas de manejo de éstos, de modo que se estimulen las nuevas tecnologías que permiten aprovechar recursos que en la actualidad se están desperdiciando y disponer de forma más responsable los desechos no aprovechables.

V.—Que para lograr un Tratamiento Integral de los Desechos Sólidos, se impone como necesidad cantonal el desarrollo de instrumentos normativos de aplicación y vigencia en el ámbito local que se dirijan hacia la Institución en primer orden y luego hacia la ciudadanía con el fin de lograr la normalización de los procesos que se hacen necesarios en este sentido.

VI.—Que la Municipalidad de Pérez Zeledón viene realizando un importante proceso de adecuación y fortalecimiento institucional en especial de los distintos procedimientos municipales siendo que ahora se vuelve imperioso tener que consignar en un documento de regulación las instrucciones generales y las políticas públicas que la institución ha definido para esta materia. Por lo que conscientes de la urgencia de resolver el problema provocado por la generación de desechos en grandes cantidades y en concordancia con las responsabilidades que le confiere el Código Municipal, la Ley General de Salud y la Ley Orgánica del Ambiente, la Municipalidad de Pérez Zeledón emite el presente Reglamento con la finalidad de instaurar el Programa de Tratamiento Integral de Desechos Sólidos en el cantón de Pérez Zeledón, utilizando como mecanismos: la información, formación, la separación, el reciclaje y el compostaje, de éstos.

VII.—Que con fundamento en lo antes expuesto es necesario dotar de un marco normativo actualizado que promueva la puesta en marcha de este Programa de Tratamiento Integral de los Desechos Sólidos con el concurso de todas las personas munícipes del cantón.

VIII.—Por acuerdo de la sesión extraordinaria Nº 063-09 del día 26 de marzo de 2009 se acuerda aprobar el presente Reglamento Autónomo para el Tratamiento Integral de Desechos Sólidos en el Cantón de Pérez Zeledón (RATIDES) y que dice así:

 

REGLAMENTO AUTÓNOMO PARA EL TRATAMIENTO INTEGRAL

DE DESECHOS SÓLIDOS EN EL

CANTÓN DE PÉREZ ZELEDÓN

TÍTULO I

Disposiciones Generales

CAPÍTULO ÚNICO

Ámbito de aplicación y conceptos

Artículo 1º—Ámbito de aplicación

1. El presente Reglamento establece las disposiciones generales a que deberá someterse el Programa de Tratamiento Integral de Desechos Sólidos de la Municipalidad de Pérez Zeledón.

2. Su ámbito de acción geográfico estará comprendido por la totalidad del cantón de Pérez Zeledón, iniciando en los dos distritos en donde se da el servicio activamente y del que se sirve el Relleno Sanitario Municipal, ampliándose conforme se vaya extendiendo la cobertura del servicio.


 

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