CAPÍTULO V
Manejo discriminado de desechos
sólidos en la fuente
Artículo 19.—Grupos
de separación de desechos
1. En las fuentes de generación de desechos sólidos, la separación y el
almacenamiento primario se realizará en al menos los siguientes grupos:
a) Desechos biodegradables cotidianos como papel,
cartón y sus derivados
b) Desechos aprovechables no biodegradables como
vidrio, envases plásticos y latas de aluminio
c) Desechos no aprovechables como papel higiénico
contaminado o no con excretas, toallas sanitarias o pañales, entre otros
d) Desechos no cotidianos como desechos de jardín
2. La Municipalidad,
mediante acuerdo del Concejo Municipal, incentivará mediante reconocimientos
públicos, a aquellos sujetos generadores de desechos sólidos que realicen la
separación completa de los diferentes desechos sólidos aprovechables en la
fuente primaria.
3. La propuesta integral de reducción de la tasa como incentivo a la
atención del Programa será desarrollado a través de un estudio de costos que
realizará la
Hacienda Municipal anualmente, o bien cada vez que lo
solicite el Concejo o la Alcaldía Municipal y que considerará los
beneficios e incentivos fiscales que puedan otorgarse a las personas munícipes
que atiendan adecuadamente esta área del Programa Municipal.
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