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 Normativa >> Reglamento municipal 203 - 1 >> Fecha 16/03/2010 >> Articulo 44
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Normativa - Reglamento municipal 203 - 1 - Articulo 44
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Artículo 44
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Artículo 44.—Recolección de desechos no tradicionales

1. Para la recolección de desechos sólidos no tradicionales (excluyendo desechos de jardín) se podrá prescindir de la entrega en recipientes o bolsas impermeables.

2. Estos desechos se acumularán en forma discriminada en un sitio prefijado e informado por la municipalidad y se recogerán el día que indique la entidad recolectora.

3. Los desechos provenientes de los jardines, deberán entregarse en bolsas plásticas del tamaño  conocido como “jardinero” o bien por el prefijado por la Municipalidad.

4. No se recogerán desechos no cotidianos compuestos por restos de material vegetal proveniente de áreas verdes, fuera de la zona urbana del cantón.


 

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