CAPÍTULO VII
Tratamiento de estabilización
biológica de desechos biodegradables
Artículo 52.—Medios
de tratamiento
1. Los desechos biodegradables podrán ser tratados mediante procesos
biotecnológicos aeróbicos tales
como el compostaje, el bocashi, el
vermiabono, o cualquier otro que cumpla las normas técnicas y sanitarias.
2. También podrán usarse procesos anaeróbicos tales como la
fermentación, siempre y cuando la tecnología empleada evite que se causen
molestias a terceras personas o daños al ambiente.
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