Artículo 2º—Costos de la verificación. Los
costos en que incurra la Administración en la aplicación de este Reglamento
Técnico serán cubiertos de acuerdo a lo estipulado en el artículo 82 de la Ley
de Protección Fitosanitaria, Ley Nº 7664, del 8 de abril de 1997 en
concordancia con el artículo 37 de la Ley General del Servicio Nacional de
Salud Animal, Ley Nº 8495 del 6 de abril del 2006, el artículo 357 de la Ley
General de Salud, Ley Nº 5395 del 30 de octubre 1973, el artículo 62 de la Ley
de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Ley Nº 7472
del 20 de diciembre de 1994 y el Reglamento para la Verificación Conjunta del
Cumplimiento de Reglamentos Técnicos, Decreto Ejecutivo Nº 34129 del 31 de
julio del 2007.
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