II Parte: Aspectos Generales
a. Recepción y análisis de solicitudes
Corresponde al Área
de Acción Social de la Junta: Mantener el registro de las organizaciones o
programas correspondientes a cada sector definido en los artículos 8) y 13) de la
Ley Nº 8718, para tal efecto debe:
1. Recibir, analizar y emitir el criterio
técnico sobre las peticiones formuladas por las organizaciones o programas.
2. Realizar
las investigaciones que considere necesarias y solicitar documentos
complementarios para la valoración de las propuestas.
3. Elaborar
los cálculos para incluir en el presupuesto institucional, la asignación de
recursos a las organizaciones del programa Apoyo a la Gestión.
4. Elaborar
los cálculos y cuadros de distribución de los recursos en los diversos
programas
5. Recomendar
a Junta Directiva la distribución de recursos por los conceptos de proyectos
específicos y convenios marco de ayudas técnicas.
6. Recomendar
a la Gerencia General, la distribución de recursos por el concepto de atención de
necesidades específicas.
7. Establecer
prioridades de financiamiento para proyectos específicos, de acuerdo con las
necesidades existentes en cada área de atención y las políticas definidas por
Junta Directiva.
8. Presentar
ante la Gerencia General o su representante para aprobación la propuesta de
beneficiarios de ayudas técnicas directas.
9. Coordinar
lo pertinente con los entes rectores de los sectores involucrados de acuerdo
con el protocolo de coordinación definido con cada ente y con otros Departamentos
de la Institución.
10. Llevar
un registro de las transferencias y giros de recursos.
b. Modalidades de giro de fondos
Los recursos se asignarán en las siguientes
modalidades de atención:
1) Programa Apoyo a la Gestión.
2) Programa
de Atención de Necesidades Específicas a entidades inscritas en Apoyo a la
Gestión.
3) Programa
Atención de Proyectos Específicos.
4) Programa
Promoción de la Autonomía Personal para personas con discapacidad y adultos
mayores.
5) Giros
directos definidos en la Ley Nº 8718.
Anualmente, el Área de Acción Social
recomienda a Junta Directiva el porcentaje de recursos que se destina a
proyectos específicos y al programa de Apoyo a la gestión, de acuerdo con la
normativa vigente y las demandas de las diferentes organizaciones. Dentro del
área de Entidades dedicadas a atender y proteger a las personas adultas mayores
y programas sin fines de lucro de atención de personas adultas mayores, se
definirá un porcentaje para APRONAGE, el cual podrá destinar al financiamiento
de la gestión que realiza a favor del Hospital Nacional de Geriatría y
Gerontología Dr. Raúl Blanco Cervantes.
Los sectores que se favorecen con los programas de
Apoyo a la Gestión y Atención de Necesidades Específicas son los siguientes:
Programas de prevención y atención del cáncer
– Cuidados Paliativos.
Juntas Administrativas de las Escuelas que cuentan con
programas de atención para población con discapacidad (Centros de educación
especial MEP).
Hogares para personas con VIH/SIDA.
Programas de discapacidad.
Programas de farmacodependencia y alcoholismo.
Programas de menores en condición de abandono y
vulnerabilidad.
Programas de menores privados de libertad e hijos de
personas privadas de libertad.
Entidades dedicadas a atender y proteger a las
personas adultas mayores y programas sin fines de lucro de atención de personas
adultas mayores (hogares para personas adultas mayores y APRONAGE).
Centros Diurnos para personas adultas mayores.
Entidades de capacitación, organización y dirección de
asociaciones, fundaciones y grupos de personas dedicadas a atender y proteger a
las personas adultas mayores.
Programas de atención a víctimas de la explotación
sexual comercial.
El área de Acción Social reservará un 5% de
los recursos correspondientes a proyectos específicos para la atención de
emergencias causadas por desastres naturales, caso fortuito o fuerza mayor. Si
estos recursos no son utilizados se procederá a asignarlos en el siguiente
período presupuestario a proyectos específicos.
Los recursos se distribuyen únicamente mediante la
modalidad de proyectos específicos, en el siguiente sector:
Organizaciones de fortalecimiento a
Instituciones públicas de asistencia médica
Igualmente, el Área de Acción Social,
recomienda anualmente a Junta Directiva, la cantidad de recursos que se
destinará a la dotación de ayudas técnicas en forma directa y el monto para la
suscripción de convenios marco con organizaciones, dentro del Programa de
Promoción de la autonomía personal de las personas con discapacidad y de
adultos mayores.
No obstante, si durante el período se determina que
por el comportamiento de entrega de fondos, es necesario el replanteamiento de
los porcentajes para apoyo a la gestión/proyectos específicos y ayudas técnicas
directas/convenios marco, Acción Social hará la propuesta correspondiente con
el fin de que se hagan los ajustes presupuestarios oportunos.
c. Sobre los beneficiarios
Con los recursos dispuestos en los artículos
8) y 13) de la Ley Nº 8718, se benefician los programas o proyectos que:
1- Brinden servicios sin fines de lucro y que
demuestren tener la organización apta para manejar fondos públicos.
2- Sean
propuestos por instituciones públicas, asociaciones o fundaciones legalmente
constituidas y registradas en el Registro Nacional de Costa Rica, que tengan a
su cargo la administración de programas radicados en el país.
De conformidad con el artículo 18 de la Ley de
Fundaciones, las fundaciones solicitantes deben tener como mínimo un año de
constituidas, haber estado activas desde su constitución (haber ejecutado al
menos un proyecto por año) y haber presentado los informes de rendición de
cuentas a la Contraloría.
3- Propicien
el bienestar y fortalecimiento de instituciones públicas de asistencia médica,
específicamente mediante la atención de proyectos para compra de equipo médico
especializado y remodelaciones para instalación de los equipos, en concordancia
con los planes de desarrollo de la Caja Costarricense de Seguro Social.
4- Se
ocupen de la prevención y atención del cáncer, de manera que:
4.1 favorezcan la detección temprana
4.2 procuren mejorar la respuesta de los centros
hospitalarios públicos en el tratamiento del cáncer
4.3 planteen mejoras sustantivas en las
condiciones físicas de los centros de atención de pacientes oncológicos
4.4 propongan la estimulación de hábitos sanos en
la población en general y en los grupos de riesgo en los que se determine una
mayor incidencia de la patología
4.5 fortalezcan los servicios brindados por los
establecimientos de cuidados paliativos acreditadas por el Ministerio de Salud
4.6 favorezcan la atención de los pacientes al
ofrecer mejores servicios y préstamo de ayudas técnicas en pro de la calidad de
vida
5- Procuren la prevención y la lucha contra las
enfermedades de transmisión sexual, así como la investigación, el tratamiento,
la prevención y atención del VIH/SIDA.
6- Favorezcan
la atención, la rehabilitación integral y la equiparación de oportunidades de
las personas con discapacidad.
7- Brinden
atención, prevención y tratamiento a personas con problemas de alcoholismo y
farmacodependencia.
8- Tengan
como objetivo principal la prevención del abandono, la atención integral de la
niñez en abandono, al menor en riesgo social y vulnerabilidad.
9- Procuren
la atención integral y/o especial de los hijos e hijas menores de edad de
personas privadas de libertad así como el mejoramiento de la calidad de vida de
los menores privados de libertad.
10- Procuren la atención integral de la
persona adulta mayor de escasos recursos económicos, que no cuente con
posibilidad de atención en el seno familiar, o que por carecer de recurso
familiar debe ser institucionalizada.
11- Brinden apoyo en forma sistemática y
permanente al Hospital Nacional de Geriatría y Gerontología Dr. Raúl Blanco
Cervantes, con el fin de mejorar los servicios de atención que se brinda a las
personas adultas mayores.
12- Implementen servicios destinados a
personas adultas mayores que requieren de apoyo dentro del seno familiar, para
procurar una mejor calidad de vida.
13- Tengan como fin principal la capacitación,
organización y dirección de asociaciones, fundaciones y grupos de personas
dedicadas a atender y proteger a las personas adultas mayores.
14- Ofrecen una atención integral a personas
mayores de 65 años de edad, mediante la cual se contribuye a la integración de
los beneficiarios a través de actividades ocupacionales, culturales y
recreativas entre otras, con un horario establecido, durante cinco días a la
semana.
15- Desarrollen programas de prevención y
atención de las personas que son o han sido víctimas de explotación sexual
comercial.
16- Ejecuten programas orientados a la
promoción de una vejez digna, activa y participativa.
17- Desarrollen un programa de atención y
protección a personas adultas mayores de escasos recursos económicos.
d. Excedentes o fondos no girados.
Con base en el artículo 8 de la Ley Nº 8718, si existen
fondos sin beneficiario asignado en alguna de las áreas, al cierre de la
liquidación presupuestaria, la Gerencia General o su representante presentará
una propuesta técnica a la
Junta Directiva, sobre la asignación de los recursos que se
consideren excedentes, basándose en la áreas definidas en el Plan Nacional de
Desarrollo.