ARTÍCULO
3.- Principios del proceso de
transferencias
Son principios orientadores del proceso de transferencia de fondos públicos
y de competencias del Poder Ejecutivo y de sus órganos a las municipalidades,
los siguientes:
a) Subsidiariedad: las competencias municipales
serán ejercidas de manera subsidiaria y temporal por la Administración Pública
central o descentralizada, cuando de manera excepcional lo amerite el interés
público y la protección de los derechos de los vecinos de un cantón.
b) Complementariedad: la transferencia de
competencias del Poder Ejecutivo y de sus órganos a las municipalidades
permitirá el ejercicio concurrente de competencias, cuando sea necesario, para
garantizar la mejor prestación de los servicios públicos a los vecinos y el
equilibrio entre la Administración Pública nacional y la administración pública
municipal.
c) Equidad: la distribución de los recursos del
Estado hacia los gobiernos locales será proporcional y adecuada a las
necesidades y capacidades de cada municipalidad, así como al ámbito, los
alcances y la cobertura de las competencias, atribuciones y servicios
descentralizados.
d) Gradualidad: el proceso de descentralización
se ejecutará de manera gradual, progresiva y ordenada, conforme a los criterios
aquí dispuestos, para permitir la transferencia de recursos nacionales hacia
los gobiernos locales, una clara asignación de competencias a los gobiernos
locales y asegurar la eficiencia y eficacia de los servicios municipales.
e) Asimetría: el proceso de descentralización
tomará en cuenta las diferencias existentes entre cada municipalidad, respecto
de su capacidad de gestión efectiva para prestar servicios básicos a los
vecinos o la construcción de obras públicas urgentes, fomentará la homologación
de las competencias ejercidas por todos los gobiernos locales y definirá
criterios objetivos para asignarlas de manera equitativa y progresiva.
f) Permanencia: la descentralización es una política permanente de
Estado, de orden público y vinculante para la Administración Pública central.
g) Democratización: la descentralización
municipal fomentará la participación democrática de los vecinos en el
funcionamiento y la organización de los gobiernos locales, y promoverá la
igualdad de oportunidades para el desarrollo humano.
h) Integración regional: el proceso de
descentralización promoverá la integración de los intereses y servicios de cada
cantón con los de los cantones vecinos, conforme a sus características
naturales; impulsará la mejor planificación y ordenación del territorio, la
mejor distribución de la población y la más justa distribución económica y
social de la riqueza.
i) Financiamiento: cada ley especial
especificará cuáles competencias se transfieren, las reglas sobre su ejercicio
y los fondos necesarios para ejercerla.