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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35884 >> Fecha 07/03/2010 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35884 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2º—Sujetos y ámbito de aplicación. Este Reglamento se aplicará a todo sujeto de derecho público o privado que desee perforar el subsuelo para la exploración y aprovechamiento de aguas subterráneas en todo el territorio nacional.


 

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