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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35884 >> Fecha 07/03/2010 >> Articulo 6
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35884 - Articulo 6
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Artículo 6
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Artículo 6º—Renovación de licencia para perforar. La perforadora interesada en renovar la licencia, un mes antes del vencimiento, debe presentar solicitud escrita a la Dirección de Agua del MINAET, quien en el plazo de 3 días verificado que se mantengan las condiciones originales, renovará la licencia por períodos iguales de cuatro años.


 

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