CAPITULO V
SECCIÓN PRIMERA
De los Órganos
adscritos
Tribunal
Administrativo Sanitario
Artículo 20.—Se encarga de ejecutar en todo el
territorio nacional, con competencia exclusiva e independencia funcional en el desempeño
de sus atribuciones, lo relativo al régimen de las infracciones y sanciones
administrativas establecidas en la
Ley Nº 8495, Ley SENASA en sus artículos 78 siguientes y
concordantes; el artículo 18 de la
Ley Nº 8799 del 16 de abril de 2010, Ley de Control de Ganado
Bovino, Prevención y Sanción de su Robo, Hurto y Receptación, y cualquiera otra
disposición normativa especial.
Su organización se establecerá mediante reglamentación
especialmente dictada al efecto.
|