ARTÍCULO 47.- Refórmase el
artículo 82 de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos
(Aresep), N.° 7593. El texto dirá:
“Artículo 82.- Cálculos del canon
Por cada
actividad regulada, la Autoridad Reguladora cobrará un canon consistente en un
cargo anual, que se determinará de la siguiente manera:
a) La Autoridad Reguladora calculará el canon de
cada actividad de acuerdo con el principio de servicio al costo y deberá
establecer un sistema de costeo apropiado para cada actividad regulada.
b) Cuando la regulación por actividad involucre
varias empresas, la distribución del canon seguirá criterios de
proporcionalidad y equidad.
c) Dentro de la primera quincena del mes de abril
de cada año, la Autoridad Reguladora presentará el proyecto de cánones para el
año siguiente, con su respectiva justificación técnica, ante la Contraloría
General de la República, para que lo apruebe o impruebe. Recibido el proyecto,
la Contraloría dará audiencia, por un plazo de diez (10) días hábiles, a las
empresas reguladas a fin de que expongan sus observaciones al proyecto de
cánones. Transcurrido el plazo, se aplicará el silencio positivo.
d) El proyecto de cánones deberá aprobarse o
improbarse a más tardar el último día hábil del mes de julio del mismo año.
Según
los procedimientos aquí indicados, esa Autoridad someterá a la Contraloría
General de la República, para su aprobación, los cánones por nuevos servicios
públicos establecidos por la Asamblea Legislativa.
La
Autoridad Reguladora determinará los medios y los procedimientos adecuados para
recaudar los cánones a que se refiere esta Ley.
La
Autoridad Reguladora estará sujeta al cumplimiento de los principios
establecidos en el título II de la Ley N.º 8131, Administración financiera de
la República y presupuestos públicos, y a proporcionar la información requerida
por el Ministerio de Hacienda para sus estudios. En lo demás, se le exceptúa de
los alcances y la aplicación de esa Ley. En su fiscalización, estará sujeta
únicamente a las disposiciones de la Contraloría General de la República.”