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 Normativa >> Ley 8823 >> Fecha 05/05/2010 >> Articulo 8
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Normativa - Ley 8823 - Articulo 8
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Artículo 8
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ARTÍCULO 8.- Refórmase el artículo 3 de la Ley N.º 4212, que la exonera maquinaria al Consejo Superior de Defensa Social, de 23 de octubre 1968. El texto dirá:

“Artículo 3.- La administración velará por la correcta aplicación de lo dispuesto en esta Ley.”


 

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