CAPÍTULO
III
Ejecución
del contrato y procedimiento para
el
pago del arrendamiento del vehículo
Artículo
12.—Con anticipación al uso del “Arrendamiento del vehículo”, el
trabajador incluido en el sistema de arrendamiento de previo a realizar cada
gira o gestión deberá presentar un “Formulario de Planificación de Gira o
Gestión” a su Jefatura inmediata para su aprobación y únicamente con el
visto bueno de ésta podrá realizarse la misma.
El
formulario deberá contener como mínimo la siguiente información:
a)
Puesto
y unidad administrativa a la que pertenece el trabajador.
b)
Número de placa, modelo y año del vehículo.
c)
Lugar y hora de inicio y finalización estimada de la gira o gestión.
d)
Tarifa vigente por kilómetro recorrido, autorizada por la Contraloría
General de la República.
e)
Distancia entre el lugar de inicio y finalización de la gira o gestión
según la Tabla Oficial de Distancias emitida por el Ministerio de Obras Públicas
y Transportes.
f)
Estimación del gasto a incurrir por concepto de kilometraje calculado
con la tarifa y distancia indicadas en los literales anteriores.
g)
Firma del trabajador solicitante.
h)
Firma del trabajador que revisa el formulario.
i)
Firma de la Jefatura y trabajador que autoriza la gira o gestión.
j)
Destino de la gira.
El
Departamento para el cual labore el trabajador que presente el “Formulario de
Planificación de Gira o Gestión” será la dependencia encargada de emitir y
resguardar este formulario.
El
arrendamiento del vehículo se pagará contra recorrido efectivo, es decir, una
vez hecha la liquidación del mismo y no antes, por lo que no se autorizará
adelantos de pago.
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