Artículo
5º—En ningún caso la remuneración, facilidades o ventajas que pueda representar
este sistema para los trabajadores de la Operadora se considerará salario en especie,
beneficio, mejora salarial o parte del contrato de trabajo, ni dará origen a
derechos adquiridos de ninguna naturaleza para quienes se encuentren bajo dicho
sistema.
El
reconocimiento económico por concepto de pago de kilometraje no obliga a la
Operadora a otorgar espacios de parqueo en las zonas de estacionamiento de su
propiedad.
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