Artículo
25- Gerencia General. La SPEM contará con una Gerencia General que se nombrará
del seno de la Junta Directiva, que ostentará la representación judicial y
extrajudicial que al efecto le conceda la Junta y actuará de forma conjunta o
separadamente a la representación de la Presidencia de la Junta, y tendrá las
funciones que más adelante se detallarán, será nombrado por un período de dos
años y se podrá reelegir de forma continua.
Los
poderes de representación que la Junta Directiva le otorgue a la persona que
ocupe la Gerencia General serán acordes a las obligaciones que esta tendrá, así
como para el fiel cumplimiento y ejercicio de su cargo.
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