Artículo
26- Selección de la Gerencia General. La SPEM contará con una Gerencia General
que se nombrará del seno de la Junta Directiva y los miembros de la Junta Directiva
que representen al socio o los socios privados u otras instituciones públicas
no municipales presentarán una terna de candidatos con sus respectivos
atestados, de los cuales, por votación simple y acreditándose al menos un voto
del socio privado, se elegirá a la persona que más convenga a los intereses de
la SPEM, quien deberá tener, como mínimo, experiencia y conocimiento comprobado
en gerencia de proyectos, en financiamiento de proyectos y en las actividades
que desarrollará la SPEM.
La
Junta Directiva definirá cuáles son los parámetros de la experiencia comprobada
por votación simple y acreditándose al menos un voto del socio privado.
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