Buscar:
 Normativa >> Ley 8828 >> Fecha 29/04/2010 >> Articulo 30
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 30     >>
Normativa - Ley 8828 - Articulo 30
Ir al final de los resultados
Artículo 30
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 30- Constitución de las SPEM. Para crear una SPEM se requiere la participación de las municipalidades que así lo decidan y al menos un sujeto de derecho privado que se escogerá siguiendo el procedimiento establecido en la Ley N.º 7494, Contratación Administrativa, de 2 de mayo de 1995, sin perjuicio de la participación de otras entidades públicas.

Ir al inicio de los resultados