Artículo
9º—Justificación de los ajustes al presupuesto y su relación con el plan
anual operativo. Las variaciones que se realicen al presupuesto, ya sea por
presupuesto extraordinario o modificación, deberán estar debidamente
justificadas, cuando corresponda, e incorporar como parte de la información que
las sustenta, la relación de las variaciones presupuestarias con el
cumplimiento de los objetivos y metas del plan anual operativo.
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