Buscar:
 Normativa >> Reglamento municipal 398 >> Fecha 25/01/2010 >> Articulo 23
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 23     >>
Normativa - Reglamento municipal 398 - Articulo 23
Ir al final de los resultados
Artículo 23
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 23.—Responsabilidad del jerarca y titulares subordinados en la aplicación del presente Reglamento. Los jerarcas y titulares subordinados deberán establecer los mecanismos que aseguren el adecuado cumplimiento de lo establecido en este Reglamento. Lo anterior sin perjuicio del control que debe ejercer la unidad de Auditoría Interna y de las competencias de la Contraloría General de la República.


 

Ir al inicio de los resultados