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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36104 >> Fecha 14/07/2010 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36104 - Articulo 1
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Artículo 1
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N° 36104 MAG-MEIC

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y LAS MINISTRAS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

Y ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

En uso de las facultades establecidas en el artículo 140, incisos 3), 8), 18) y 20) y en el artículo 146 de la Constitución Política, los artículos 25, 27.1, 28.2b, de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública, la Ley Nº 7064 de 29 de abril de 1987, Ley de Fomento a la Producción Agropecuaria, Ley Nº 8835 de 10 de mayo de 2010, Ley Apoyo y Fortalecimiento del Sector Agrícola.

Considerando:

1º—Que corresponde al Poder Ejecutivo reglamentar las leyes de la República.

2º—Que mediante la Ley Nº 8835 publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 114, del 14 de junio del 2010, se aprobó la Ley Apoyo y Fortalecimiento del Sector Agrícola,  que tiene como objetivo el apoyo y  fortalecimiento del sector agrícola por medio de la condonación del saldo de las deudas de pequeños y medianos productores agropecuarios, correspondiente al veinte por ciento (20%) de las operaciones constituidas con el Fideicomiso para la Protección y el Fomento Agropecuario para Pequeños y Medianos Productores (Fidagro), así como  las deudas correspondientes a los fondos reembolsables y no reembolsables formalizadas bajo el sistema de Fideicomiso de Reconversión Productiva y  los intereses corrientes y moratorios.

3º—Que la Ley Nº 8835 dispuso que el Poder Ejecutivo emitirá el reglamento correspondiente en un plazo de un mes  contado a partir de su publicación.

4º—Que resulta necesario y de interés público operativizar la Ley Apoyo y Fortalecimiento del Sector Agrícola mediante la promulgación del reglamento para cumplir con el objetivo de esta Ley.

5º—Que esta Reglamentación garantiza a los pequeños y medianos productores agropecuarios que recibieron el beneficio de los Fideicomisos Fidagro y Reconversión Productiva, poder solicitar la condonación  de sus deudas y readecuación de las deudas,  en el tanto cumplan con los requisitos y condiciones establecidos  en la Ley Nº 8835. Por tanto,

DECRETAN:

Reglamento a la Ley Apoyo y Fortalecimiento

del Sector Agrícola

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1º—De la finalidad del Reglamento. El presente instrumento tiene como objetivo reglamentar la Ley Apoyo y Fortalecimiento del Sector Agrícola,  publicada como Ley de la República N° 8835 en el Diario Oficial La Gaceta Nº 114 del 14 de junio del 2010.

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