Artículo
2º—Ámbito de aplicación: La aplicación del presente reglamento es de
nivel nacional y regula los aspectos relacionados con la gestión integral de
los residuos sólidos ordinarios, cualquiera que sea la actividad o el lugar de
generación, se regirán por lo dispuesto en el presente reglamento. Esto incluye
principalmente el almacenamiento, recolección, barrido y limpieza de vías y
áreas públicas, transporte y transferencia, valorización, tratamiento y
disposición final de los residuos sólidos ordinarios.
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