N° 36093-S
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE SALUD
En uso de las facultades
conferidas en los artículos 140, incisos 3) y 18) de la Constitución
Política, artículo 28, párrafo 2., inciso b) de la Ley Nº 6227 del 02 de mayo
de 1978 “Ley General de la Administración Pública”, artículos 8º, 9º, 11,
12, 14, 15, 16, 20, 21, 22, 23, 31, 32, 35, 38, 39, 40, 45, 53, 54, 56, 57, de la Ley Nº 8839 del 13 de julio
del 2010 “Ley para la Gestión Integral de Residuos”, artículos 1º, 2º,
68 y 69 de la Ley Nº
7554 del 04 de octubre de 1995 “Ley Orgánica del Ambiente”, el Decreto
Ejecutivo 33477-S-MP, que declara de interés público y nacional las iniciativas
tendientes a brindar una solución integral al problema de los desechos en
nuestro país, publicado en La
Gaceta Nº 16 del 23 de enero de 2007, la Directriz 024-S
publicada en La Gaceta
Nº 33 del 15 de febrero de 2008 y el Decreto Ejecutivo Nº
34647-S-MINAE, Aprobación y Declaratoria de Interés Público y Nacional del Plan
de Residuos Sólidos - Costa Rica (PRESOL), publicado en La Gaceta 145 del
martes 29 de julio de 2008.
Considerando:
1º—Que la salud de la
población es un bien de interés público tutelado por el Estado.
2º—Que
el tema de la protección al ambiente ha sido uno de los más destacados del país
en virtud de la importancia que tiene en la conservación de la biodiversidad y
su trascendencia en la calidad de la salud.
3º—Que
la generación de residuos sólidos ordinarios y su mal manejo provoca la proliferación
de vectores nocivos para la salud y conlleva a la contaminación de aire, suelo
y agua.
4º—Que
en beneficio y protección de la salud pública y el ambiente, se hace necesario
establecer una serie de regulaciones relacionadas con la gestión integral de
los residuos sólidos ordinarios provenientes de las actividades: personales,
domiciliares, de la comunidad, de ocio y recreación, comerciales, industriales,
agropecuarias y de servicios.
5º—Que
la
Contraloría General de la República
realizó un estudio sobre políticas públicas en materia de residuos sólidos
(DFOE-PGA-041/2007) y solicitó entre otras disposiciones la modernización del
Reglamento sobre el Manejo de Basuras.
6º—Que
el país cuenta con un Plan de Residuos Sólidos denominado PRESOL, el cual orienta
las acciones del país en materia de gestión integral de residuos sólidos. Por
tanto,
Decretan:
Reglamento sobre el manejo
de residuos sólidos
ordinarios
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—Objetivo:
El presente Reglamento tiene como objetivo la protección de la salud pública y
del ambiente, por medio de la gestión integral de los residuos sólidos
ordinarios.