CAPÍTULO II
Integración y
funciones de la Comisión
y sus subcomisiones
Artículo 2º—La comisión estará integrada por
cinco personas, vecinos del cantón de Siquirres, de reconocida solvencia moral,
que no hayan sido parte de comisiones que hayan incumplido con la entrega de las
liquidaciones, y serán electos por mayoría simple de la totalidad de los
miembros del concejo. Dicho nombramiento deberá ser realizado en los seis meses
anteriores a la celebración de los festejos populares de Siquirres del mes de
setiembre de cada año. También por acuerdo firme del concejo municipal, se
podrá autorizar que dichos festejos sean organizados por instituciones de bien
social del cantón, conservando en todo caso el formato de cinco miembros
integrantes de la comisión, como representantes de la entidad y que cumplan con
los requisitos de idoneidad y solvencia indicados en este artículo.
(Así reformado por acuerdo N°
27620-22-06-2015 y publicado en La Gaceta N° 140 del 21 de julio de 2015)
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