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 Normativa >> Reglamento 6 >> Fecha 22/02/2010 >> Articulo 10
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Normativa - Reglamento 6 - Articulo 10
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Artículo 10
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Artículo 10.—Jornada laboral y horario dentro del teletrabajo. El horario debe ser flexible y la persona trabajadora debe cumplir con las metas o el trabajo que su superiora o superior jerárquico le asigne y en el plazo establecido para tal efecto. Sin embargo, cuando así lo requiera el tipo de funciones que desempeña, deberá acatar los horarios definidos con la modalidad ordinaria, todo lo cual ha de incorporarse en el acuerdo respectivo.


 

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