Artículo 11.—Disponibilidad. Dentro del horario
definido como modalidad ordinaria, la persona teletrabajadora estará disponible
para su superiora o superior jerárquico, con el fin de permitir un adecuado
intercambio de información, su supervisión, recibir las instrucciones
correspondientes o ejecutar tareas urgentes. Esta disponibilidad, no da derecho
a una remuneración adicional.
|