CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SECRETARÍA GENERAL
CIRCULAR Nº 88-2010
ASUNTO: Reglamento para la Aplicación de la Modalidad del
Teletrabajo en el Poder Judicial
A LOS FUNCIONARIOS, FUNCIONARIAS, SERVIDORES
Y SERVIDORAS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE
La Corte
Plena en sesión Nº 6-2010, celebrada el 22 de febrero último, artículo XVII,
aprobó el “Reglamento para la Aplicación de la Modalidad del
Teletrabajo en el Poder Judicial”, cuyo texto literalmente dice:
“REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DE
LA
MODALIDAD DEL TELETRABAJO EN
EL PODER JUDICIAL
CAPÍTULO I
Artículo 1º—Definiciones. Para los efectos de
este reglamento, se tendrán las siguientes definiciones:
a) Teletrabajo: Forma flexible de organización laboral que
consiste en el desempeño de la actividad profesional o técnica sin la presencia
física del servidor o servidora judicial en su cotidiano lugar de trabajo. El
teletrabajo puede ejecutarse a tiempo completo o parcial. Implica, además, el
uso de métodos de procesamiento electrónico de información y el empleo
permanente de algún medio telemático que permita la comunicación entre el
servidor o servidora judicial y quien ejerce el puesto de superior jerárquico.
b) Empleador: el empleador de la persona teletrabajadora a quien
alude este reglamento es el Poder Judicial.
c) Superiora jerárquica o superior jerárquico: Jefa inmediata o
jefe inmediato de la persona teletrabajadora.
d) Persona teletrabajadora: la que desempeña su labor de acuerdo
con la modalidad del teletrabajo.
e) Convenio o Acuerdo: Documento firmado entre la persona
servidora judicial y su empleador, en donde se especifican detalladamente las
condiciones de la relación de servicio mediante el sistema de teletrabajo.
f) Horario flexible: Jornada laboral del teletrabajador o
teletrabajadora donde no existe hora fija de inicio ni de final de la jornada y
que le permite al servidor o servidora judicial cumplir con las obligaciones o
tareas asignadas, por su superiora o superior jerárquico, dentro del plazo
estipulado en el convenio que se adiciona al nombramiento.