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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36159 >> Fecha 10/05/2010 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36159 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2º—Objetivo. El presente Decreto tiene por objeto identificar y agrupar cada una de las competencias de las entidades públicas del Sector de Telecomunicaciones que intervienen en los trámites y requisitos para que de manera coordinada y expedita se atienda la tramitación requerida para la instalación de infraestructura, así como la ampliación de redes de telecomunicaciones y su estructura correspondiente.

En desarrollo de este objetivo, el Viceministerio de Telecomunicaciones mantendrá en la página web www.telecom.go.cr, una base de datos de trámites y requisitos para el Sector de Telecomunicaciones, actualizada y revisada, en concordancia, con el Catálogo Nacional de Trámites del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) con el fin de guiar a los interesados durante el proceso de tramitación con base en la aplicación de la estrategia de simplificación de trámites que el Poder Ejecutivo emitió con fundamento en lo dispuesto en la Directriz N° 037-MINAET publicada en el Diario Oficial La Gaceta del 21 de octubre de 2009.

Para efectos de consolidar y mantener actualizada la base de datos, las instituciones remitirán la información relativa a los trámites y requisitos cuando el Viceministerio de Telecomunicaciones así lo requiera, sobre los procesos relacionados con la instalación de infraestructura de telecomunicaciones.


 

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