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 Normativa >> Reglamento municipal 03 >> Fecha 17/05/2010 >> Articulo 57
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Normativa - Reglamento municipal 03 - Articulo 57
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Artículo 57
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Artículo 57.—Los centros de acopio organizados por iniciativas comunales o centros educativos, tienen que presentar condiciones higiénicas, de seguridad y de ornato, de acuerdo con las normas municipales y del Ministerio de Salud. Los centros de acopio comerciales deben contar, además, con su respectiva licencia municipal.


 

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