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 Normativa >> Reglamento municipal 03 >> Fecha 17/05/2010 >> Articulo 68
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Normativa - Reglamento municipal 03 - Articulo 68
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Artículo 68
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Artículo 68.—La persona responsable de la gestión operativa para el manejo selectivo de los residuos sólidos será el Alcalde Municipal, quien podrá delegar esta función en un funcionario del área operativa con conocimiento y experiencia en el manejo de residuos sólidos. Este último deberá formar parte de la Comisión de Apoyo y Vigilancia nombrada para tal efecto por el Concejo Municipal.


 

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