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 Normativa >> Reglamento municipal 03 >> Fecha 17/05/2010 >> Articulo 6
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Normativa - Reglamento municipal 03 - Articulo 6
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Artículo 6
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CAPÍTULO III

Capacitación y reconocimiento

Artículo 6°—La Municipalidad, conjuntamente con las autoridades respectivas del Ministerio de Educación Pública, con la colaboración de otras instituciones afines establecerá y realizará un programa permanente de concientización y capacitación relacionado con el tema de: “Reducir, reutilizar, reciclar y manejar discriminadamente los residuos sólidos”.


 

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