Artículo 49.—Recibido conforme de un bien mueble reparado. Una vez reparado el bien
mueble, la Jefatura responsable deberá actualizar la ubicación del bien mueble
en el sistema informático disponible para tal efecto y debe comunicarlo de
inmediato, por medio correo electrónico, a la Unidad Contable Financiera y la
Unidad de Contratación Administrativa cuando corresponda, para su información.
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