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 Normativa >> Reglamento 291 >> Fecha 06/08/2010 >> Articulo 9
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Normativa - Reglamento 291 - Articulo 9
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Artículo 9
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Artículo 9º—Los archivos de gestión son los archivos de las diferentes unidades administrativas. Cada archivo de gestión debe tener un encargado(a), quien organizará, conservará, facilitará los documentos y pondrá en práctica las políticas y procedimientos emanadas por el Archivo Central, para la adecuada administración de los mismos. El nombramiento de ese encargado le corresponde establecerlo al titular subordinado del área respectiva.


 

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