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 Normativa >> Reglamento 291 >> Fecha 06/08/2010 >> Articulo 22
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Normativa - Reglamento 291 - Articulo 22
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Artículo 22
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CAPÍTULO V

Disposiciones Finales

Artículo 22.—Todos los servidores de Popular SAFI quedan obligados, por este Reglamento, a:

a) Cuidar de los documentos como propiedad institucional, lo que implica evitar colocarlos en el suelo, rayarlos, hacerle tachaduras, utilizar indiscriminadamente grapas y prensas, y en general cualquier manipulación que atente contra la debida conservación de los mismos.

b) Respetar el valor administrativo, legal y científico-cultural de los documentos.

c) Hacer un correcto uso de la información.

d) No eliminar documentos en contra de lo dispuesto por el artículo 5 de este Reglamento.

e) Acatar lo dispuesto en la Ley 8204, sus reglamentos y demás normativa aplicable en lo referente a la administración y organización de los documentos.

f)  Respetar las leyes, reglamentos y normas técnicas de administración y uso de los documentos, tales como confidencialidad y acceso a la información.

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