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 Normativa >> Reglamento 291 >> Fecha 06/08/2010 >> Articulo 5
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Normativa - Reglamento 291 - Articulo 5
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Artículo 5
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Artículo 5º—Ningún trabajador de Popular SAFI debe eliminar documentos que no hayan cumplido su plazo de vigencia legal y administrativa de acuerdo con las tablas de plazos de conservación de documentos que confeccione el Archivo Central, ni aquellos que, habiendo cumplido ese plazo, hayan sido declarados de valor científico-cultural por parte de la Comisión Nacional de Selección y Eliminación de Documentos. De igual forma deberán ejercer los controles necesarios para que tanto el personal del archivo como los diferentes usuarios tengan un adecuado manejo de la documentación.


 

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