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 Normativa >> Reglamento municipal 11 >> Fecha 25/02/2010 >> Articulo 101
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Normativa - Reglamento municipal 11 - Articulo 101
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Artículo 101
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Artículo 101.—La Municipalidad de Turrubares deberá adoptar las medidas necesarias para los servidores (as) cuya permanencia no sea aconsejable, por razones médicas, en un puesto que entrañe exposiciones a los riegos de su trabajo debiendo en este caso, proceder al traslado del funcionario (a) a un puesto más adecuado.


 

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