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 Normativa >> Reglamento municipal 11 >> Fecha 25/02/2010 >> Articulo 75
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Normativa - Reglamento municipal 11 - Articulo 75
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Artículo 75
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Artículo 75.—Si se incumple una beca como incentivo otorgada a un funcionario, este quedará  sujeto a:

A- No solicitar becar como incentivo, durante un año a partir de la fecha en que recibió la notificación del Departamento de Recursos Humanos.

B- Retribuir a la Municipalidad de Turrubares, en un periodo no mayor a los 30 hábiles días de la fecha de la notificación, la suma otorgada en los estudios hasta ese momento, en un período y montos iguales a los que se le adjudicó.


 

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